Pérdida, daño y/o demora de Equipaje:
Si Usted ha sufrido pérdida, daño y/o demora de su equipaje por responsabilidad directa de ATSA Airlines, acercarse inmediatamente a Counter para formalizar su reclamo, presentando su documentación y tarjeta de embarque. Una vez Usted salga del aeropuerto, no habrá lugar a reclamo. ATSA Airlines no se hará responsable por los daños ocasionados por el constante uso del equipaje, el cual puede incluir rasguños, rayones, marcas y demás evidencia del desgaste natural propio del equipaje. ATSA AIRLINES no se hará responsable por el equipaje de bodega no recepcionado en su destino final, es decir, si tiene un vuelo con escala su equipaje deberá recogerlo en el aeropuerto de llegada, debido a que no se permitirá el desembarque del mismo en el punto de escala.
Fósforos de madera o un encendedor para uso individual: Pueden ser transportados sólo cuando es transportado en el cuerpo de la persona (bolsillo) y nunca en equipajes de mano o en bodega.
NOTA. Los fósforos de encendido universal (“raspe en cualquier parte”) están prohibidos para el transporte aéreo. Combustible y recargas para encendedores, como aquellos que contengan líquidos sin material absorbente, están prohibidos.
Sillas de ruedas eléctricas, u otro elemento accionado por baterías: Diferentes condiciones dependiendo del tipo de batería, húmeda o seca, previa autorización del operador (solo con batería desconectada)
Munición de uso deportivo (1.4S): Sólo en equipaje en bodegas, previa aprobación del operador. Máximo 5 Kg. por pasajero.
(*) Perfumes, medicinas y artículos de tocador, incluyendo aerosoles: Perfumes, medicinas y artículos de tocador, incluyendo aerosoles
Hielo seco (Dióxido de carbono): Máximo 2 Kg. por persona, en equipaje en bodega o de mano, con aprobación de operador.
Marcapasos que contengan materiales radiactivos o baterías de Litio: Sólo cuando están quirúrgicamente implantados.
Pequeños cilindros de dióxido de carbono para operar prótesis: Se autoriza además, el transporte de cilindros de repuesto necesarios, para asegurar el funcionamiento de la prótesis.
Bebidas alcohólicas: Que no exceda un 70% del alcohol, y en envases de menos de 5 Lts. con una cantidad neta por persona que no exceda de 5lts. Nota: El grado alcohólico es equivalente al alcohol por volumen.
Rizadores de cabello conteniendo hidrocarburos: No más de uno por pasajero. Es necesaria una cubierta sobre el elemento calefactor para que esté segura. Recargas de gas están prohibidas, no podrán ser utilizados a bordo en ningún momento.
(**) Barómetro o termómetro de mercurio: Debe ser transportado por un miembro de la Dirección de Meteorología u otra agencia similar, con aprobación del explotador.
Un pequeño cilindro de Dióxido de carbono dentro de un chaleco salvavidas: Puede llevar 01 cilindro de repuesto.